Arrastre de Pérdidas en Perú 2026 - Descargable: Sistema A vs Sistema B con Casos Prácticos
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Base legal:
- SUNAT
- Ley del Impuesto a la Renta – Artículo 50°
- Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
❓ Patricia, ¿qué significa “arrastre de pérdidas”?
Patricia, cuando tu empresa obtiene pérdida tributaria en un ejercicio (es decir, los gastos aceptados tributariamente superan a los ingresos gravados), esa pérdida no se pierde, sino que puedes usarla para reducir utilidades futuras y pagar menos Impuesto a la Renta.
❓ Patricia, ¿qué métodos existen en el Perú para arrastrar pérdidas?
En el Régimen General existen dos sistemas:
✅ Sistema A
- Puedes compensar la pérdida durante 4 ejercicios inmediatos siguientes.
- Se puede compensar el 100% de la utilidad hasta agotarla.
- Si no la usas en esos 4 años, se pierde el saldo.
✅ Sistema B
- No hay límite de años.
- Pero solo puedes compensar hasta el 50% de la renta neta de cada ejercicio.
- El saldo continúa indefinidamente hasta agotarse.
📌 La elección se realiza en la Declaración Jurada Anual y no puede cambiarse hasta agotar la pérdida.
📊 CASO PRÁCTICO – SISTEMA A
👩💼 Veamos un ejemplo:
Tu empresa tuvo:
- 2024: Pérdida tributaria = S/ 100,000
Optas por el Sistema A.
| Concepto | 2025 | 2026 | 2027 |
|---|---|---|---|
| Renta Neta | 40,000 | 30,000 | 50,000 |
| Compensación Aplicada | -40,000 | -30,000 | -30,000 |
| Saldo Pendiente | 60,000 | 30,000 | 0 |
📌 En 2027 solo compensas lo que falta (30,000).
📌 No pagas Impuesto a la Renta hasta agotar la pérdida.
👉 Si en 2028 aún quedara saldo y ya pasaron 4 años, lo perderías.
📊 CASO PRÁCTICO – SISTEMA B
👩💼 Ahora veamos el Sistema B:
- 2024: Pérdida tributaria = S/ 100,000
Optas por el Sistema B.
| Concepto | 2025 | 2026 | 2027 | 2028 |
|---|---|---|---|---|
| Renta Neta | 40,000 | 60,000 | 50,000 | 80,000 |
| 50% Máximo Compensable | 20,000 | 30,000 | 25,000 | 40,000 |
| Compensación Aplicada | -20,000 | -30,000 | -25,000 | -25,000 |
| Saldo Pendiente | 80,000 | 50,000 | 25,000 | 0 |
📌 Observa: solo puedes usar el 50% de la renta cada año.
📌 Pero no hay límite de tiempo.
❓ Patricia, ¿cuál sistema conviene más?
Depende de tu proyección:
| Situación | Conviene |
|---|---|
| Esperas altas utilidades en pocos años | Sistema A |
| Utilidades variables o bajas | Sistema B |
| No tienes certeza de recuperación rápida | Sistema B |
❓ Patricia, ¿esto afecta los pagos a cuenta mensuales?
Sí.
Si arrastras pérdidas, puedes aplicar la reducción o suspensión de pagos a cuenta conforme al artículo 85° de la Ley del Impuesto a la Renta.
❓ Patricia, ¿qué errores cometen las empresas?
- No elegir el sistema correctamente.
- Cambiar de sistema sin haber agotado la pérdida (no permitido).
- No llevar control del saldo pendiente.
- Confundir pérdida contable con pérdida tributaria.
🎯 Conclusión:
El arrastre de pérdidas es una herramienta estratégica para reducir tu carga tributaria futura.
La clave está en:
✔ Analizar proyecciones financieras
✔ Elegir correctamente el sistema
✔ Llevar control tributario adecuado
✔ Declarar correctamente ante SUNAT
Según el artículo 50° de la Ley del Impuesto a la Renta en el Perú, el contribuyente debe elegir el sistema de compensación al momento de presentar su Declaración Jurada Anual ante la SUNAT, y no podrá cambiarlo hasta agotar la pérdida.
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📲 Descargable:
Descarga en este link: Caso Práctico del Arrastre de Pérdidas.